"Un país que no dignifica el trabajo esta condenado al fracaso social"
Foto: Manuel Antonio Muñoz Uribe y Maestro Carlos Gaviria Díaz
PALABRAS PRONUNCIADAS POR MANUEL
ANTONIO MUÑOZ URIBE, PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS LABORALISTAS DE
TRABAJADORES, SECCIONAL ANTIOQUIA y VICEPRESIDENTE DE LA ALAL- REGION ANDINA-, EN
EL HOMENAJE A LA FAMILIA DEL DR. CARLOS
GAVIRIA DÍAZ CON OCASIÓN DE LA ENTREGA DE LA RESOLUCIÓN EXPEDIDA CON MOTIVO DE
LA MUERTE DEL MAESTRO.
“No se trata de un discurso. Sólo
para dos cosas que considero de
importancia:
En primer lugar, que este encuentro
era necesario por el papel protagónico que jugó el esposo y padre de ustedes, nuestro
común maestro Carlos Gaviria, en lo relativo a
la defensa del Derecho en general y al avance del derecho laboral en
particular. Por eso, venciendo mi timidez me atreví a llamar al Dr. Juan Carlos
para expresarle mi solidaridad al conocer la noticia del deceso físico de su
padre, y la necesidad de un acto de
reconocimiento POR SU VIDA Y OBRA DE POLEMISTA Y MAESTRO. Y en lugar de
una respuesta convencional encontré FRANQUEADAS LAS PUERTAS DE SU AMISTAD y
derribados los obstáculos del respeto humano, ese que impide el acercamiento
para la expresión de los sentimientos. Más tarde, al hablarle de la entrega de
una resolución sobre la herencia intelectual del maestro, fue más comprensiva
su actitud: “A dónde quiera les llevo mi familia”, dijo. Delegamos en el Dr. Carlos
Ballesteros la coordinación para la realización de este encuentro. ¡Y aquí
estamos!
En segundo término, para relievar que
en los años posteriores a nuestra
estadía en la Universidad, en los encuentros casuales o en los programados por
el POLO, le escuchamos al Dr. Carlos Gaviria Díaz, conceptos que representan
verdaderos programas de acción para el derecho social, expresados en pensamientos
cortos. Veamos algunos:
“La prevalencia del Derecho Internacional sobre el derecho
interno”.
“Manuel -me dijo en una ocasión-, es
muy importante constitucionalizar
el derecho laboral”
“Ante todo, es necesario aclarar que los derechos laborales son derechos
humanos, pues así son reconocidos universalmente”, dijo en una
sentencia histórica, como para escandalizar a quienes consideran como fundamentales
únicamente la actividad bancaria y la tenencia de grandes extensiones de
tierra. Esto es, el patrimonio económico.
“Hay que tutelizar los procedimientos”, dijo en alguna
entrevista. Esta idea corresponde al control oficioso de convencionalidad de
que nos hablan los juristas argentinos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Porque si los Derechos laborales son derechos humanos, el juez no necesita
procedimientos legales para protegerlos. Los procedimientos engorrosos se establecen (en el derecho interno) justamente
para desconocerlos.
“Agregar
peso al platillo más liviano de la balanza”, es una frase que aparece entre comillas en una
tarjeta personal y que en cinco palabras interpreta la teleología del artículo
13 de la Carta Superior de Colombia sobre la igualdad real.
Todas estas realidades teóricas,
alumbran el camino de los actos. Porque el derecho así como la ética son
disciplinas de la práctica.
Carlos Gaviria Díaz puede
considerarse como actor continental e inequívoco de la defensa de los principios del derecho
laboral en medio de las dificultades generadas por la doctrina del Consenso de
Washington. Por eso, esta reunión tenía que realizarse. En la Resolución
expedida por las tres entidades que la suscriben –La ALAL, la Asociación de
Abogados Laboralistas de Trabajadores Seccional Antioquia y la Corporación
Cultural Rafael Uribe Uribe-, está una
síntesis de lo que consideramos el pensamiento del humanista afín al objeto de
cada una.
¿Cuál
es ese objeto?
La
Corporación Cultural “Rafael Uribe Uribe”.-Tiene como misión la defensa de
los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y se inspira en el precursor a
nivel mundial (desde 1904), de los llamados derechos de segunda generación. Rafael
Uribe Uribe fue profesor de la
Universidad de Antioquia en las materias de Derecho Constitucional, Economía
Política, Calistenia y Teoría del Manejo de Asambleas. Además, en su
conferencia de 1904 en el Teatro Municipal de Bogotá, hay todo un programa de
gobierno válido para Latinoamérica y el planeamiento de los Derechos Sociales 44 años antes de la Declaración de la ONU
sobre derechos humanos. La
Corporación hace publicaciones para rescatar
la vida y la obra de su inspirador. El Dr. Jorge Restrepo Morales, entregará a
cada uno de ustedes la obra publicada a
propósito del centenario de su magnicidio, ocurrido el 15 de octubre de 1914,
por inspiración de los ataques de la Iglesia Católica y del Director de la
Policía de entonces.
La Asociación
de Abogados Laboralistas de Trabajadores.- Esta organización tuvo mucho contacto
con el Dr. Carlos Gaviria Díaz, y sus
miembros fuimos proponentes e impulsores de su candidatura presidencial. Surgió a la vida jurídica en 1977. Tiene como
medio de difusión a nivel nacional, la revista Trabajo y Derecho, vamos en el
número 52. En Antioquia circula el Boletín “Conflicto”, como suplemento regional.
Su actividad académica está diseñada así: Clínica Jurídica, Seminario Nacional
Sindical y Congreso Nacional de Afiliados. Estos eventos se replican en las
regiones donde tenemos subdirectivas.
A medida que avanzaba la desregulación
neoliberal y parecía ineluctable la muerte del derecho laboral y, en
consecuencia, la disolución de la
Asociación, encontramos un conducto de
expansión y crecimiento: La ALAL.
La
Asociación Latinoamericana De Abogados Laboralistas (ALAL).- Inspirada en los
proyectos de nuestros primeros libertadores, en las expresiones culturales de
los poetas, cantantes, pensadores y compositores y en la tradición de las
etnias indígenas que no reconocen linderos de púa ni direcciones de aduana
creadas para impedir la entrada y salida
de personas y facilitar, eso sí, la circulación
de mercancías, y sobre todo por
la necesidad de defendernos de los usurpadores y expropiadores, surgió nuestra
ALAL. A partir de su creación ya no
decimos Colombianos, venezolanos, chilenos…… Ahora decimos latinoamericanos de
Colombia, de Venezuela, de Chile, de Brasil….
La hoja de ruta de la ALAL es la
Carta Sociolaboral Latinoamericana, una propuesta para los trabajadores y
gobiernos del Continente que como piso o suelo axiológico, como diría el profesor
Gaviria Díaz, contiene 20 derechos
mínimos como punto de partida para una constitución integradora. La ALAL tiene subdirectivas en todo el
continente suramericano y en algunos países del centro y norte, como
México.
Finalmente, muchas gracias a la familia
Gaviria Gómez por haber facilitado este encuentro, particularmente al Dr. Juan
Carlos.
La síntesis de lo que piensan las
entidades convocantes sobre el legado del
humanista memorado, está en esta resolución que se entrega a la familia
a través de su esposa María Cristina Gómez,
su compañera de todas las horas, no como un símbolo del pasado sino como
el primer paso para generar una investigación sobre los aportes del Maestro al
derecho laboral, a los trabajadores y a los conjuntos marginados, discriminados
y estigmatizados de esta atormentada patria y de Latinoamérica entera”.
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A continuación, el TEXTO DE LA RESOLUCIÓN leída por MARIANA
MUÑOZ MARÍN, miembro de la Asociación de Abogados Laboralistas de Trabajadores
Seccional Antioquia y Secretaria Adhoc de la ALAL, Región Andina, en la
celebración del homenaje.
“Resolución 001
de 2015
La Asociación
de Abogados Laboralistas de Trabajadores seccional Antioquia, la Asociación
Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL) y la Corporación Cultural
“Rafael Uribe Uribe”
Con fundamento
en sus respectivos estatutos y
CONSIDERANDO
1. Que el día 31
de marzo de 2015 falleció en la ciudad de Bogotá nuestro singular profesor y
maestro Carlos Gaviria Díaz.
2. Que el Maestro
Carlos Gaviria Díaz desde su cátedra en la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. de A. se distinguió por infundir en sus alumnos la precisión
conceptual, dando prelación a la formación del estudiante antes que al saber
acumulativo. Por eso, por su sabiduría, pudiera aplicársele lo mismo que se
dijo del autor del Discurso sobre la Dignidad del Hombre: “… Pero nada más
extraño a este humanista que una mera erudición ‘libresca’. El fin de su
curiosidad inquisidora, que no desdeña nada, no es el cúmulo de información y
de datos, sino el cultivo y la fecundidad del alma”.
3. Que el Maestro
Carlos Gaviria Díaz no permaneció confinado en las cuatro paredes de las aulas
de clase, sino que en el devenir de su existencia se tornó en un ilustre
pedagogo social, liberador no solamente de individuos sino de comunidades
enteras, de lo cual queda el testimonio irrefragable de sus sentencias como
Magistrado de la primera Corte Constitucional que él presidió con el también
inolvidable Ciro Angarita Barón, algunas de las cuales se referencian
seguidamente por su importancia filosófica, social y política:
· C-168 de 1995, en la que considera que
si bien desde el punto de vista formal se ha logrado la igualdad de género, la
realidad es que la mujer recibe un tratamiento desigual que justifica medidas
compensatorias, tales como requisitos
menos exigentes para acceder a la
pensión de vejez.
· C-349 de 1996, sobre los límites de la
autonomía en la aplicación de justicia de las comunidades indígenas.
· C-239 de 1997, que estudia la
constitucionalidad de la norma que consagra el homicidio por piedad,
considerando como fundamental el derecho a morir dignamente.
· C-456 de 1997, que elimina la Tarjeta
Profesional de Periodista, en defensa de la libertad de opinión.
· T-295 de 1998, contra la categoría pre
moderna de la reserva moral (o verdad sabida y buena fe guardada), violatoria
del debido proceso.
· T-568 de 1999, en la que se consagra como
prevalente el derecho internacional sobre el derecho interno, obligando al
Estado colombiano a cumplir sus
compromisos exigiendo la aplicación preferencial de los convenios de la
OIT y ordenando el reintegro de 209 trabajadores desvinculados de Empresas
Varias de Medellín.
· C-1185 de 2000, que recupera la figura
protectora del derecho laboral de la unidad de empresa al considerar que la
norma que la derogaba era violatoria de los principios del derecho laboral
consagrados en el artículo 53 de la Constitución Política.
4. En este sentido
homenaje no puede pasarse por alto un histórico salvamento de voto a la
sentencia C-572 de 1997, en el que
manifiesta su oposición a la decisión mayoritaria que consideró ajustadas a la
Constitución las normas creadoras de las Convivir. Este disenso refleja su
pensamiento político en defensa de la sociedad democrática y del Estado Social
de Derecho. Dijo en esa ocasión: “7. Este principio del monopolio de la
coerción material en cabeza del Estado implica que un Estado de Derecho no
puede tolerar la existencia de grupos o sectores armados por fuera de los
ejércitos y demás instituciones regulares establecidas a su servicio. Siendo
ello así, la existencia de grupos paramilitares, o de autodefensa, o de
“limpieza social”, o de cuadrillas armadas so pretexto de móviles políticos o
sociales, o de bandas como los llamados “escuadrones de la muerte”, implica un
reto al Estado de Derecho y una grave amenaza contra la estabilidad
institucional y contra la paz ciudadana. La historia de la humanidad, incluso
la reciente, demuestra que donde quiera que el Estado ha sido complaciente con
la existencia de este tipo de organizaciones, a la postre ha resultado siendo
víctima de esa tolerancia. Así ocurrió, por ejemplo, bajo la llamada República
de Weimar en Alemania, con la insurgencia de las fuerzas de choque
paramilitares al servicio del nacional-socialismo de Hitler, que acabaron por
destruir las instituciones democráticas en ese país”.
Por
lo anterior,
RESUELVE
1. Exaltar la
memoria del ilustre jurista, pedagogo, político y humanista Carlos Gaviria
Díaz.
2. Poner el nombre
del Maestro Carlos Gaviria Díaz como paradigma de toda la sociedad y en
particular de la juventud y de todos aquellos que luchan por instaurar un
Estado Social de Derecho en Colombia y en Latinoamérica.
3.
Hacer entrega discreta y en nota de estilo de la presente Resolución a su digna
esposa María Cristina Gómez, y a sus hijos Ana Cristina, Natalia, Ximena y Juan
Carlos.
Dada
en Medellín, a los cuatro (4) días del mes de abril de dos mil quince (2015).
Manuel Antonio Muñoz Uribe
Presidente
de la Asociación de Abogados Laboralistas
de
Trabajadores Seccional Antioquia y
Vicepresidente
de la ALAL – Región Andina-
Jorge Alberto Restrepo
Morales
Vicepresidente
Corporación
Cultural “Rafael Uribe Uribe”
Mariana Muñoz Marín
Secretaria
Ad hoc
Asociación
Latinoamericana de Abogados
Laboralistas
ALAL-
Región Andina”.
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